Desde la Subdelegación del Gobierno en Burgos queremos informar y colaborar en la difusión de la siguiente información.
El Programa “Bono PYME” está alineado en su implementación y objetivos con el Programa “Kit Digital”, establecido en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYME 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por la Unión Europea – Next Generation EU. El objetivo conjunto es mejorar la conectividad de las PYME mediante la adopción de soluciones de acceso a Internet de banda ancha y de servicios asociados a la misma.
El importe máximo total de las ayudas asciende a la cantidad de 48 millones de euros, que serán financiados a través del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 10 de septiembre de 2024 a las 11:00 horas hasta el 30 de diciembre de 2024 a las 11:00 horas. Este plazo concluirá antes si se agotase el crédito presupuestario previsto en la Convocatoria.
Las ayudas se concederán bajo el único criterio del orden de presentación de solicitudes.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones del Programa “Bono PYME” las pequeñas empresas y microempresas de 0 a menos de 50 trabajadores y las personas en situación de autoempleo, en adelante PYME.
El importe máximo de la ayuda por beneficiaria será de 3.000 euros, sumados los importes individuales de todos los servicios contratados.
El servicio de acceso a internet y los servicios asociados que pueden solicitar las potenciales beneficiarias de las ayudas de “Bono PYME” deberán figurar en el Catálogo de Servicios del Programa.
Se otorgará una única ayuda por beneficiaria, que comprenderá la totalidad de las soluciones y servicios contratados.
El procedimiento a seguir para su solicitud será seleccionar las soluciones o servicios de conectividad que deseen adoptar de entre las disponibles en el Catálogo de Servicios y Soluciones del Programa. Posteriormente, deberán formalizar con el Prestador o los Prestadores de Servicios y responsables de las mismas uno o varios contratos de prestación de soluciones o servicios. No podrá formalizarse más de un contrato por Prestador. Es decir, la beneficiaria de las ayudas formulará un único contrato por la totalidad de soluciones o servicios con un mismo Prestador.
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